Aunque no participé directamente en la investigación o concepción del reportaje, quiero compartirlo por el interés que despertó mi post sobre este tema. Espero que esclarezca las dudas y derribe los prejuicios que ensombrecen la adopción en Cuba.
· La adopción es un
fenómeno entre mitos y escepticismo. A su saga, el desconocimiento termina
privando a niños y adultos de la posibilidad de una nueva familia
Por Yuset Puig Pupo y
Zoila Pérez Navarro
Solo deseo quedarme en
uno de tus rinconcitos. Vayamos con
calma. No quiero zapatos
nuevos. Qué te parece si
empezamos por abrazarnos…
Siempre
soñó con ser madre. Desde muy chica, en el juego de las casitas, esperaba con
ansias el momento de peinar a “la nena” para mandarla a la escuela. El deseo de
llevar dentro a una personita solo aumentó con el tiempo.
Ya
pasados los 30, el miedo se volvió real. En un trance de desesperación, Ana Margarita
acudió a lo sobrenatural. Y por medio de los designios de la fe, el
oscurantismo o quién sabe exactamente qué providencia, una mujer le hizo la revelación
que cambiaría su vida: “Tú serás madre,
pero no vas a parir, y tendrás una niña”.
Cierto
día apareció una muchacha conocida a la puerta de su casa con tres meses de
embarazo. Y allí, sin preámbulos, prometió regalarles el bebé a ella y a su
esposo Orlandito. Ya pasaron 25 años y aseguran recordarlo como si fuera ahora
mismo. Cuando la bebita cumplió 8 meses se celebró el juicio que extinguiría
cualquier parentesco con la familia biológica, y la joven pareja finalmente
llevó a su hija a casa.
La
pequeña cambió por completo la rutina de la peluquera y el tornero. Fueron
ellos quienes le enseñaron a dar los primeros pasitos, guardaron los dientes de
leche, la vieron correr y andar en bicicleta, siempre frente a sus ojos. Y las
palabras mamá y papá afloraron por fin, desde un rincón impreciso del afecto,
mucho más fuerte que los lazos sanguíneos.
A
los 7 años llegó el momento crucial. Margarita le contó a la niña que ella no
le había crecido dentro, que su madre biológica la había dejado a su cuidado
junto a ellos, y que haberla encontrado los había hecho las personas más afortunadas
del mundo. Fue entonces cuando la madurez de la niña echó fuera todos los
miedos, y le dijo que no le importaba, que ahora los quería más.
Margarita
tiene un tono especial para contar la historia. Asegura incluso que hay
detalles que nunca compartió con nadie. A las buenas decisiones del pasado les
debe el hecho de ser hoy “sinceramente feliz”, con una hija amorosa y un nieto
que ha vuelto a avivar en su recuerdo los inicios de su incuestionable
maternidad.
EN ESTE PEDACITO DE
CIELO MÍO MUY POCAS VECES SALE EL SOL. ESTÁ OSCURO Y HACE FRÍO, NO HAY ARCOIRIS
AQUÍ…
Muchas
mujeres como Margarita se han convertido en madres sin haber experimentado la
gravidez. Y muchos menores encontraron finalmente su hogar lejos del regazo que
los vio nacer. Aun así en nuestra realidad existen mitos y escepticismo
alrededor de la adopción. Siempre se ha mirado el tema con cierta desconfianza,
por aquello de que “quien le da pan al perro ajeno, pierde el pan y pierde el
perro”.
En
casi todos los municipios hay casas para los niños sin amparo familiar, pero es
muy extraño que una pareja que no pueda concebir decida acoger a alguno de allí.
Es más común que la gente termine quedándose con un vecinito o los hijos de parientes
fallecidos. Y la mayoría de las veces de manera informal, o sea, sin el
respaldo de la ley.
No
todas las personas pueden adoptar. El Estado cubano establece requisitos
obligatorios para la protección de los infantes, y cada acción que se promueve
se establece en interés de su mejor desarrollo y educación.
Mildrey
Cutiño Rodríguez, asistente del Fiscal Jefe Provincial, asegura a 26 que la adopción crea entre el
adoptante y el adoptado un vínculo de parentesco con los mismos derechos y
deberes que establece el Código de Familia para la relación paterno filial, extinguiéndose
los que hayan existido entre el adoptado y sus padres y los parientes
consanguíneos de estos últimos.
¿Cómo es el proceso?
“Estos
son procesos de jurisdicción voluntaria, donde no debe haber litigio y para el
cual no se precisa un abogado.
“Los
adoptantes promueven un expediente ante el Tribunal municipal. Ese órgano
judicial nos lo entrega. Investigamos en la escuela, el barrio… Somos una especie
de consejeros en esta cuestión. Es el Tribunal el que autoriza o no la
adopción.
¿Es reversible?
“No, pero si los
padres adoptivos incumplen sus deberes serán privados de la patria potestad
igual que los padres biológicos. Queda sin efecto si durante las
investigaciones alguien con derecho a reclamar demuestra que es improcedente (padres
desconocidos, por ejemplo)”.
¿Tienen derecho a
adoptar las parejas homosexuales o familias monogámicas?
“Excepto
por dos personas unidas por la ley nadie podrá ser adoptado por más de un individuo;
en consecuencia, una pareja homosexual no tiene derecho a hacerlo (el
matrimonio regulado en nuestra legislatura es entre un hombre y una mujer). No
obstante, uno de ellos podrá solicitarlo, si reúne los requisitos. Una familia
monogámica sí puede hacerlo”.
¿Los extranjeros?: “No existe
prohibición, siendo necesario analizar cada caso particular. Y siempre prever
que no se realice con otra finalidad”.
¿Cómo suelen llegar
los adoptantes a los adoptados?
“Por
consanguineidad o amistad, se va creando un vínculo afectuoso, incluso a veces
el menor reconoce a estas personas como sus padres. Cuando se realiza un
proceso de adopción no es que vengan varios ciudadanos interesados en un niño.
(No hay una lista de posibles adoptados o una de adoptantes. Eso es un mito, al
menos en Cuba).
“Tampoco
es muy frecuente ver este tipo de proceso. La gente sí se interesa por el tema
porque hay muchos cubanos que no han podido tener hijos, pero casi siempre los quieren
bien pequeños”.
RECUERDO LA PRIMERA VEZ QUE
TOMASTE MI MANO. AHORA TE ESPERO CADA FIN DE SEMANA, CONTANDO LOS MINUTOS PARA
QUE ENTRES POR LA PUERTA
Anabel
se coló un día entre los ojos de Sulema. No sabe exactamente cuándo, pero la
mirada de la niña le habló y ella entendió enseguida que le había nacido un
retoño.
Se
les puede encontrar muchas veces juntas. Sulema la lleva frecuentemente al
trabajo, el círculo infantil Volodia, donde gusta ser la directora. Hay muchísimos
abrazos entre ambas. Y conversaciones también, porque la futura mujercita está
llena de preguntas y quién mejor que ella para ser su guía, su ejemplo.
Anabel
es hoy la hija de Sulema y de Enrique; en los términos exactos constituyen una
familia sustituta, pero cuando el cariño es mutuo poco importan los
tecnicismos. Hasta el Hogar de Niños sin Amparo Familiar se fue esta pareja. Conocían
la posibilidad y aceptaron rápidamente.
Experiencias
como la suya han fructificado en la provincia. Así lo cuenta a 26 Sonia Hernández Silva, directora de
dicho recinto en la localidad capital. “Actualmente existen seis familias
sustitutas que apoyan a los chicos de nuestra institución, acuden a las
escuelas, se preocupan por ellos y les brindan la calidez de una casa donde
ellos asumen los roles filiales”.
“Según
los términos de la ley una o más personas unidas por lazos de parentesco o
matrimonio que residan en una vivienda independiente, pueden atender a uno o
más menores durante los fines de semana, las vacaciones y otros períodos para
apoyar a los hogares en las tareas de alojar, cuidar y atender a huérfanos o
abandonados. Su objetivo es afectivo y no necesariamente concluye en la
adopción.
“Actualmente
tenemos 13 niños, en su mayoría con parientes, pero por una u otra causa no
pueden atenderlos ahora. No procede para ellos una adopción en estos casos; de
ahí que sea más frecuente la familia sustituta”.
Para
Sonia las rutinas laborales se han trastocado con los afectos. Dentro de
los umbrales de su centro de trabajo
ella es una madre más, la mentora de 13 críos que le han robado el corazón.
Asegura
que allí todos son una gran familia. Cuando están enfermos, presentan alguna
duda de la escuela, cuando se enamoran o quieren salir, se imponen retos que juntos
saben resolver con cariño. Sonia ha hecho de ese también su hogar. La mayoría
de las veces el principal, porque es donde pasa más tiempo.
CAMBIASTE MI
HORIZONTE CON AFECTO. DESDE ENTONCES DISFRUTO INCLUSO LOS CATARROS, PORQUE SÉ
QUE VAS A ESTAR AHÍ, A UN LADO DE LA
CAMA …
Margarita,
Sulema, Sonia y otras muchas personas aseguran estar satisfechas por las
experiencias que de alguna forma han llegado a su vida. Las carencias
materiales no fueron razones suficientes para privarlas de hacer a un niño
feliz y serlo ellas también.
Sus
historias ponen en duda el mito del llamado de la sangre. Los infantes serán en
su vida adulta el ser humano que aprenda mediante la crianza y los valores transmitidos.
El afecto familiar deviene cuestión imprescindible en la existencia de
cualquier individuo.
En
la valentía de arriesgarse puede encontrarse finalmente a un hijo. Son
decisiones de corazón, ese que no trafica con ganancias porque al final la
“mercancía” es solo el afecto de un niño. No hay contradicciones. El amor no
crece en el vientre. Es más arriba, en el pecho, ligeramente a la izquierda…
¿Quiénes pueden
adoptar y quiénes ser adoptados?
Los
requisitos establecidos en el artículo 100 y 101 del Código de Familia para los
adoptantes son los siguientes:
1.
Haber
cumplido 25 años de edad y tener por lo menos 15 años más de edad que los
adoptados.
2.
Hallarse
en pleno goce de los derechos civiles y políticos.
3.
Estar
en situación de solventar las necesidades económicas del adoptado.
4.
Tener
las condiciones morales y haber observado una conducta que permita presumir,
razonablemente, que cumplirá respecto al adoptado los deberes que establece el
Artículo 85.
En
cuanto al adoptado: (Artículo 103)
1.
Que
sus padres no sean conocidos
2.
Que
por cualquier causa se encuentren en estado de abandono y no reciban el debido
cuidado de sus familiares u otras personas que puedan brindárselo, siempre que
esta omisión sea culpable.
3.
Que
respecto a ellos se haya extinguido la patria potestad por la muerte de los
padres o ambos hayan sido privados de aquella.
4.
Que
estén sujetos a patria potestad, si los que la hayan ejercido dieran su
consentimiento.
5.
Que
no estén sujetos a patria potestad, hayan sido abandonados o se encuentren en
estado de abandono y que por esta razón hayan sido acogidos en hogares de
menores.
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